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VISAS TEMPORALES

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VISAS DE INVERSIONISTA

Comerciantes Contemplados por un Tratado Internacional (Visas E-1)
La visa E-1 para comerciantes de Tratados Internacionales es una visa de no-inmigrante que permite al ciudadano de un país con el cual EEUU tiene un Tratado Internacional, entrar a EEUU para llevar a cabo un intercambio sustancial de bienes, servicios y tecnología con alcances internacionales.
Requisitos:


1. El aplicante debe ser nacional de un país con el que EEUU tenga tratado internacional.
2. El negocio para el cual el aplicante viene a EEUU debe tener la nacionalidad de un país con el cual EEUU tenga un tratado internacional.
3. El intercambio de bienes o servicios debe ser suficiente para asegurar un continuo flujo de intercambio internacional entre los EEUU y el país del tratado.
4. El intercambio debe ser principalmente entre los EEUU y el país del tratado (más del 50%)
5. El aplicante debe ser empleado en un puesto ejecutiva o de supervisión.
Período de admisión: 2 años de admisión y extensiones de hasta 2 años a la vez
Dependientes: El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal, sin importar su nacionalidad. El cónyuge puede obtener permiso de trabajo. Los hijos pueden asistir a la escuela.
Inversionistas de Tratados Internacionales (E-2)
La visa E-2 es una visa de no-inmigrante que permite al nacional de un país con el cual EEUU tiene un tratado internacional, entrar a los EEUU para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual el extranjero ha invertido una cantidad sustancial de capital, o en la que está en proceso de invertir.

Requisitos:
1. El inversionista debe ser nacional de un país con el cual EEUU tenga un tratado internacional.
2. La inversión debe ser sustancial. Esto depende de la naturaleza de la empresa y del costo del negocio. No hay un rango específico por ley.
3. La inversión debe ser de una empresa real operando. Las inversiones especulativas o instituciones con fines no lucrativas no son consideradas empresas comerciales.
4. La inversión debe generar un ingreso considerablemente más alto que aquél para mantener al inversionista y a su familia.
5. El inversionista debe tener control de los fondos. Los fondos deben ser personales, aunque una herencia puede ser invertida.
6. El inversionista debe venir a los EEUU para desarrollar y dirigir la empresa.
Período de admisión: 2 años de admisión y extensiones de hasta 2 años a la vez
Dependientes: El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal, sin importar su nacionalidad. El cónyuge puede obtener permiso de trabajo. Los hijos pueden asistir a la escuela.

 

 

 

VISAS PARA ESTUDIANTES O APRENDICES

Estudiantes (Visas F-1)
El aplicante debe buscar admisión a los EEUU sólo como estudiante de tiempo completo de una institución educativa aprobada.
Requisitos:
1. El aplicante debe estar admitido a una institución educativa aprobada por Migración.
2.El aplicante debe demostrar que tiene los fondos económicos suficientes para pagar su colegiatura y sus costos de vida.
3. El aplicante debe ser fluente en Inglés.

Generalmente, los F-1 no están autorizados para trabajar. Sin embargo, puede permitírseles el empleo dentro del campus (limitado a 20 horas por semana durante el período escolar). Asimismo, un estudiante que esté inscrito en un curso de tiempo completo por todo un año escolar puede aplicar para Entrenamiento Práctico Curricular 

(CPT). Además, los estudiantes internacionales pueden aplicar para un permiso de trabajo para completar un Entrenamiento Práctico Opcional (OPT), después de haber completado sus estudios.
Periodo de Admisión: Los estudiantes F-1 pueden permanecer en los EEUU por el tiempo que dure sus estudios, siempre y cuando mantengan un curso de tiempo completo.
Dependientes: Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa F-2. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero los menores pueden estudiar la escuela primaria, secundaria o preparatoria. Los cónyuges e hijos pueden asistir a cursos de estudios vocacionales.
Estudiantes Vocacionales (Visas M-1)
Ésta visa es similar a la visa F-1, con la excepción de que la M-1 es para una institución vocacional o no-académica. Puede ser extendida hasta por 3 años. Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa M-2. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero los menores pueden estudiar la escuela primaria, secundaria o preparatoria. 

Visitantes de Intercambio (Visas J-1)
Una visa J-1 se le otorga a un extranjero para que entre a los EEUU para participar en un programa de intercambio aprobado por el Departamento de Estado para enseñar, estudiar, recibir entrenamiento o llevar a cabo una investigación.
Requisitos:
1. El aplicante debe ser uno de los siguientes: un profesor o investigador, interno o aprendiz, estudiante universitario, maestro, estudiante de secundaria o preparatoria, médico, estudiante de verano en un programa de trabajo, un joven de intercambio.
2. El aplicante debe ser fluente en el idioma Inglés.
3. El aplicante debe de demostrar que tiene suficientes fondos para cubrir el programa y los costos de vivienda. Sin embargo, los fondos pueden provenir de un auspiciante o de otra fuente.
4. El aplicante debe mantener un seguro médico para sí y para los miembros de su familia.

Los visitantes de intercambio tienen derecho a recibir pago por el trabajo que sea parte del programa. Sin embargo, ésta no es una visa de trabajo.

Limitación temporal: Generalmente por 12 o 18 meses, dependiendo del programa.
Importante: a los estudiantes de intercambio generalmente se les requiere que permanezcan fuera de los EEUU por 2 años después de que termine el programa.

Dependientes: Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al visitante de intercambio con una visa J-2. El cónyuge puede solicitar permiso de trabajo para ayudar con las actividades recreacionales y culturales, no para mantener al J-1.
Aprendices (Visas H-3)
Una visa H-3 se le otorga a una persona que ha sido invitada a los EEUU por una organización o individuo para recibir entrenamiento en un área específica. El entrenamiento debe estar diseñado primordialmente para proveer un empleo productivo. Aunque la visa no está disponible para doctores graduados, las enfermeras y estudiantes de medicina puede obtener una visa H-3. 

La organización debe de demostrar:
1. Que el entrenamiento propuesto no está disponible en el país del aprendiz.
2. Que al aprendiz no se le empleará en una posición que normalmente es ocupada por ciudadanos o residentes Americanos.
3. Que el aprendiz no desempeñará un empleo lucrativo, al menos de que éste sea incidental al entrenamiento.
4. Que el entrenamiento beneficiará al aprendiz para ejercer su carrera fuera de los EEUU.

Período de Admisión: El beneficiario de una H-3 es admitido por la duración del programa de entrenamiento pero nunca por más de 2 años 

Dependientes:Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 pueden acompañar al principal con una visa H-4. Los dependientes no pueden trabajar.

Aprendices de Enfermeras(os) y Estudiantes de Medicina (Visas H-3)
Los estudiantes de medicina pueden calificar para una visa H-3 si prestan su residencia o internado en un hospital de la Asociación Americana de Medicina (AMA) o de la Asociación Americana de Osteopatía (AOA) y si prestará su “externado” durante las vacaciones escolares.

Las(os) enfermeras(os) pueden aplicar para una H-3 si tienen la licencia o cédula en el país donde estudiaron enfermería, y si la (el) enfermera(o) está calificada para recibir el entrenamiento según las leyes estatales del lugar del que se trate.
Programa de Intercambio de Educación Especial (Visas H-3)
Estas visas permiten un estatus de intercambio a los participantes de un programa de intercambio de educación especial que prevea entrenamiento práctico y experiencia en cuanto a discapacidades físicas, mentales o emocionales de niños. 

Requisitos:
1. La petición debe ser archivada por una institución que cuente con personal profesional y entrenado, y con un programa estructurado para niños que prevea entrenamiento y experiencia activa. Debe existir descripción del programa de entrenamiento.
2. El participante debe estar por completar al menos una licenciatura o debe tener extensa experiencia.

Duración: 18 meses

Limitación Numérica: 50 visas por año.

 

 

VISITANTES DE NEGOCIO O TURISTAS

 

Visitantes de Negocios (Visas B-1)

Una visa B-1 está disponible para una persona que tenga la intención de visitar los EEUU de manera temporal para llevar a cabo una actividad de negocios lícita, como negociar un contrato, consultar con asociados, litigar, asistir a juntas, participar en convenciones profesionales, conferencias o seminarios, etc.
Requisitos:
1. Fondos suficientes para su estadía en los EEUU
2. Lazos suficientes con su país que lo unan a su país.
3. La naturaleza de la actividad de negocios propuesta
4. La fuente de remuneración, la cual no debe de provenir de fuentes americanas

 

Trabajadores que pueden calificar para una visa B-1:

1. Personal doméstico de un ciudadano americano que resida en el extranjero
2. Personal doméstico de ciertos extranjeros con estatus de no-inmigrante
3. Trabajadores religiosos en tours o que vayan a intercambiar púlpitos con colegas americanos
4. Miembros de organizaciones religiosas para trabajo misionario
5. Miembros de organizaciones caritativas
6. Atletas profesionales
Duración: La visa será otorgada por un máximo de 10 años, pero la admisión de un visitante B-1 no podrá exceder de un año. Un visitante B puede aplicar por una extensión de 6 meses.

Los Visitantes de Negocios bajo el TLC (Visas B-1)

El TLC amplía el rango de actividades de negocios permitidas para ciudadanos canadienses y mexicanos que cumplan los requisitos de una visa B-1, e incluye servicios de investigación y diseño, manufactura y producción, mercadotecnia, ventas, distribución, servicios de atención al cliente (post-venta).

 

Visitantes de Placer (Visas B-2)

El aplicante necesita demostrar:
1. Que el propósito de su viaje es puramente de placer
2. Que su estadía es temporal
3. Que tiene los fondos suficientes para cubrir sus gastos en los EEUU y los de las personas que lo acompañan
4. Que tiene suficientes lazos sociales y económicos en su país

Visitantes para Tratamiento Médico (Visas B-2)

Usted puede entrar a los EEUU para recibir tratamiento médico si usted satisface los siguientes requisitos:
1. Un diagnóstico de un doctor acerca de su condición médica. El doctor debe explicar por qué usted debe ir a los EEUU por tratamiento médico.
2. Una carta de un doctor u hospital en los EEUU, manifestando:
3. Su disposición para tratar su condición médica,
4. El estimado de los costos del tratamiento, incluyendo los honorarios médicos, costos de hospitalización y otros gastos médicos y,
5. El estimado de la duración de su tratamiento.
6. Prueba de que usted (o su auspiciante) tienen fondos suficientes para pagar sus gastos médicos y de viaje.

 

Visa de Tránsito (Visas C)

Este tipo de visa se otorga a gente que entrará a los EEUU sólo en tránsito continuo e inmediato. El ejemplo más común es el de una persona que tiene un viaje a otro país con una escala en los EEUU. Para ser elegible, usted debe de demostrar:
1. Que usted tiene intenciones de pasar en tránsito continuo e inmediato por los EEUU
2. Que usted cuenta con un boleto para su destino final
3. Que usted tiene los fondos suficientes para su viaje
4. Que usted tiene el permiso o los documentos necesarios para entrar a su destino final.

 

COMPROMETIDOS (AS)

Comprometido(a) (Visa K-1)

Una visa K-1 se le otorga a una persona que busca entrar a los EEUU para casarse con un ciudadano(a) americano. El matrimonio debe tener lugar dentro de los 90 días de admisión. Las partes deben haberse conocido en persona por lo menos por 2 años antes de archivar la petición. La petición es válida por 3 meses y no hay extensiones. Los hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal bajo una visa K-2. Después del matrimonio, los K-1 y K-2 pueden aplicar para la residencia permanente en los EEUU. Los K-1 y K-2 están autorizados para trabajar.

Cónyuges de Ciudadano(a) Americano(a) (Visa K-3)

Una visa K-3 se otorga al cónyuge de un ciudadano(a) americano(a) que busca entrar temporalmente a los EEUU mientras espera su visa de inmigrante. La admisión es por 2 años y pueden otorgarse extensiones si la visa de inmigrante no ha sido aprobada. Los hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal bajo una visa K-2. Después del matrimonio, los K-3 y K-2 pueden aplicar para la residencia permanente en los EEUU. Los K-3 y K-2 están autorizados para trabajar.

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