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VISAS DE TRABAJO

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Visas de Transferencia (L-1)

Para calificar para una visa L-1, usted tiene que haber estado trabajando en una compañía americana fuera de EEUU por un año continuo dentro de los últimos tres años como ejecutivo, gerente o empleado con un conocimiento especial.Período de admisión: La mayoría del tiempo, USICS aprobará la petición hasta por 3 años. Los gerentes y ejecutivos tienen un máximo de 7 años y los empleados con conocimiento especial, un máximo de 5 años. Los beneficiarios de una L-1 pueden eventualmente pedir la residencia sin necesidad de una certificación laboral. Su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años pueden venir con usted a los EEUU con una visa L-2. Los cónyuges con L-2 son elegibles para trabajar. Los hijos no pueden trabajar, pero pueden estudiar.

 

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Visas de Trabajo Especializado (Visas H-1B)

Para calificar para una visa H-1B, usted debe tener una oferta de trabajo de un empleador americano para desempeñar un trabajo especializado, es decir, un trabajo que normalmente requiere una licenciatura o un grado mayor de estudios.Usted también necesitará:
1. Haber concluido una licenciatura o un grado mayor de estudios.
2. Licencia estatal, si se requiere, para practicar en el estado en el cual usted estará trabajando.
3. La experiencia o entrenamiento requerido para concluir dichos estudios.
4. Su empleador debe archivar la petición junto con una Aplicación de Condiciones Laborales, la cual contiene información básica acerca del empleo ofrecido y las siguientes declaraciones o promesas.
5. Que el empleador pagará el salario mínimo para la zona.
6. Que las condiciones laborales del trabajador H-1B no afectarán desfavorablemente las condiciones laborales de otros trabajadores similares en el área.
7. Que no hay una huelga o disputa laboral.
8. Que se ha dado notificado de la peticiónLimitación Numérica: Debe tomar en cuenta que este tipo de visas tiene una limitación numérica. Sólo 65,000 visas son otorgadas cada año. 20,000 visas adicionales son otorgadas a trabajadores quienes hayan adquirido una maestría de una institución académica de EEUU.
Ciertos empleadores, como instituciones de educación superior, organizaciones de investigación sin fines de lucro y organizaciones gubernamentales de investigación no están sujetas a estas limitaciones numéricas.Si su empleador no califica para una exención, su aplicación entrará a una lotería de visas para una selección al azar.
Período de Admisión: La admisión inicial puede ser otorgada hasta por un máximo de 3 años y extensiones pueden ser otorgadas. Sin embargo el beneficiario de una H-1B no puede permanecer en los EEUU con este estatus por más de 6 años, al menos de que esté pendiente un proceso para la residencia permanente y otras condiciones se cumplan.Dependientes: Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 años de un trabajador H-1B pueden entrar a los EEUU con una visa H-4. Aunque los H-4′s no están autorizados para trabajar, pueden asistir a la escuela en los EEUU.

 

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Trabajadores Agricultores de Temporada (Visas H-2A)

El programa de visas H-2A proporciona un medio a los empleadores agricultores para emplear trabajadores extranjeros en una base temporal (generalmente, menor a un año) para desempeñar servicios o labor de agricultura cuando la labor americana está en escases.
Los empleadores deben archivar las siguientes aplicaciones:
Certificación demostrando que no hay suficientes trabajadores calificados que puedan, estén dispuestos y disponibles para desempeñar el trabajo, y que el empleo de trabajadores extranjeros no afectará desfavorablemente los salarios y condiciones laborales de otros trabajadores similares en los EEUU.
Orden de Procesamiento de Agricultura y Alimentos, que es la aplicación por la cual el empleador que solicita trabajadores temporales, especifica las condiciones de la oferta de trabajo.
Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 de los trabajadores H-2A pueden entrar a los EEUU con una visa H-4. Los dependientes no pueden trabajar.

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Trabajadores Temporales No-Agricultores (H-2B)

La visa H-2B proporciona un medio a los empleadores para emplear trabajadores extranjeros en una base temporal para desempeñar servicios o labor de no relacionados a la agricultura cuando la labor americana está en escases.
Requisitos:
1. Obtener una certificación laboral demostrando que no hay suficientes trabajadores calificados que puedan, estén dispuestos y disponibles para desempeñar el trabajo, y que el empleo de trabajadores extranjeros no afectará desfavorablemente los salarios y condiciones laborales de otros trabajadores similares en los EEUU.
2. Debe de demostrar que el empleo es temporal, generalmente, menor a un año.
Limitaciones Numéricas: Sólo 60,000 visas H-2B son otorgadas cada año fiscal
Dependientes: Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 de los trabajadores H-2B pueden entrar a los EEUU con una visa H-4. Los dependientes no pueden trabajar.

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Profesionistas TLC (Visas TN)

Esta visa es para canadienses y mexicanos solamente. Para calificar para una visa TN, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
1. El solicitante debe ser un profesionista de una o más profesiones incluidas en la lista del TLC (Tratado de Libre Comercio);
2. El solicitante debe contar con una oferta de trabajo de un empleador americano;
3. La posición requiere un profesionista contemplado por el TLC; y
4. El solicitante debe ser una personada calificada para la posición.
Duración de la admisión: la visa TN puede ser otorgada hasta por 3 años y puede ser extendida hasta por otros tres años. A diferencia de la H-1B, no hay límite en el número de extensiones que pueden ser otorgadas.
Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden aplicar para una visa TD. Los dependientes no están autorizados para trabajar, pero los niños pueden asistir a la escuela primaria o secundaria.
Representantes de los Medios Extranjeros De Comunicación (Visas I)
Esta visa es otorgada a un empleado de un medio de comunicación extranjero para desempeñar una actividad esencialmente informativa. Ejemplo de estos empleados son los que se desenvuelven en la grabación de noticias o documentales, miembros involucrados en la producción o distribución de material informativo, periodistas, etc.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

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Personas con habilidad extraordinaria (Visas O-1)

Esta visa es para una persona que tiene una habilidad extraordinaria en las ciencias, las artes, educación, negocios, atletismo, o un logro extraordinario en películas o producción televisiva. O-1′s pueden archivar la petición por sí solos, sin la necesidad del patrocinio de un empleador.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa O-3 por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

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Personas de soporte esencial (Visas O-2)

Esta visa es para una persona que está acompañando a un O-1 para ayudarlo en una actividad artística o atlética para un evento o actuación especial.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa O-3 por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

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Representantes de los Medios Extranjeros De Comunicación (Visas I)

Esta visa es otorgada a un empleado de un medio de comunicación extranjero para desempeñar una actividad esencialmente informativa. Ejemplo de estos empleados son los que se desenvuelven en la grabación de noticias o documentales, miembros involucrados en la producción o distribución de material informativo, periodistas, etc.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

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Atletas y Grupos de Entretenimiento (Visas P-1)

Esta es una visa para un atleta, un artista de circo o un grupo de entretenimiento que busca entrar temporalmente a los EEUU y con el solo propósito de desenvolverse en una competencia, evento o actuación.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa P-4 por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

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Trabajadores Religiosos (Visas R-1)

La visa R-1 está disponible para trabajadores religiosos que desean venir a los EEUU para trabajar como ministros o en alguna capacidad profesional en una vocación religiosa. Ejemplos de estos trabajadores son ministros, diáconos, padres, monjas o monjes, locutores religiosos, etc. El extranjero debe ser miembro de una denominación religiosa que tenga una organización en los EEUU, por lo menos por los últimos 2 años precedentes a la aplicación.
La entrada es limitada a 5 años: la admisión inicial es por 3 años con extensiones de hasta 2 años.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa R-2 por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

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Visa Para Visitantes de Intercambio Cultural Internacional (Visa Q-1)

La Visa Q-1 es para ciertos programas de intercambio cultural internacional diseñados para proveer entrenamiento práctico y empleo, y para compartir historia, cultura y tradiciones.

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