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VISAS DE TRABAJO

Visas de Transferencia (L-1)

Para calificar para una visa L-1, usted tiene que haber estado trabajando en una compañía americana fuera de EEUU por un año continuo dentro de los últimos tres años como ejecutivo, gerente o empleado con un conocimiento especial.Período de admisión: La mayoría del tiempo, USICS aprobará la petición hasta por 3 años. Los gerentes y ejecutivos tienen un máximo de 7 años y los empleados con conocimiento especial, un máximo de 5 años. Los beneficiarios de una L-1 pueden eventualmente pedir la residencia sin necesidad de una certificación laboral. Su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años pueden venir con usted a los EEUU con una visa L-2. Los cónyuges con L-2 son elegibles para trabajar. Los hijos no pueden trabajar, pero pueden estudiar.

 

Visas de Trabajo Especializado (Visas H-1B)

Para calificar para una visa H-1B, usted debe tener una oferta de trabajo de un empleador americano para desempeñar un trabajo especializado, es decir, un trabajo que normalmente requiere una licenciatura o un grado mayor de estudios.Usted también necesitará:
1. Haber concluido una licenciatura o un grado mayor de estudios.
2. Licencia estatal, si se requiere, para practicar en el estado en el cual usted estará trabajando.
3. La experiencia o entrenamiento requerido para concluir dichos estudios.
4. Su empleador debe archivar la petición junto con una Aplicación de Condiciones Laborales, la cual contiene información básica acerca del empleo ofrecido y las siguientes declaraciones o promesas.
5. Que el empleador pagará el salario mínimo para la zona.
6. Que las condiciones laborales del trabajador H-1B no afectarán desfavorablemente las condiciones laborales de otros trabajadores similares en el área.
7. Que no hay una huelga o disputa laboral.
8. Que se ha dado notificado de la peticiónLimitación Numérica: Debe tomar en cuenta que este tipo de visas tiene una limitación numérica. Sólo 65,000 visas son otorgadas cada año. 20,000 visas adicionales son otorgadas a trabajadores quienes hayan adquirido una maestría de una institución académica de EEUU.
Ciertos empleadores, como instituciones de educación superior, organizaciones de investigación sin fines de lucro y organizaciones gubernamentales de investigación no están sujetas a estas limitaciones numéricas.Si su empleador no califica para una exención, su aplicación entrará a una lotería de visas para una selección al azar.
Período de Admisión: La admisión inicial puede ser otorgada hasta por un máximo de 3 años y extensiones pueden ser otorgadas. Sin embargo el beneficiario de una H-1B no puede permanecer en los EEUU con este estatus por más de 6 años, al menos de que esté pendiente un proceso para la residencia permanente y otras condiciones se cumplan.Dependientes: Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 años de un trabajador H-1B pueden entrar a los EEUU con una visa H-4. Aunque los H-4′s no están autorizados para trabajar, pueden asistir a la escuela en los EEUU.

 

Trabajadores Agricultores de Temporada (Visas H-2A)

El programa de visas H-2A proporciona un medio a los empleadores agricultores para emplear trabajadores extranjeros en una base temporal (generalmente, menor a un año) para desempeñar servicios o labor de agricultura cuando la labor americana está en escases.
Los empleadores deben archivar las siguientes aplicaciones:
Certificación demostrando que no hay suficientes trabajadores calificados que puedan, estén dispuestos y disponibles para desempeñar el trabajo, y que el empleo de trabajadores extranjeros no afectará desfavorablemente los salarios y condiciones laborales de otros trabajadores similares en los EEUU.
Orden de Procesamiento de Agricultura y Alimentos, que es la aplicación por la cual el empleador que solicita trabajadores temporales, especifica las condiciones de la oferta de trabajo.
Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 de los trabajadores H-2A pueden entrar a los EEUU con una visa H-4. Los dependientes no pueden trabajar.

Trabajadores Temporales No-Agricultores (H-2B)

La visa H-2B proporciona un medio a los empleadores para emplear trabajadores extranjeros en una base temporal para desempeñar servicios o labor de no relacionados a la agricultura cuando la labor americana está en escases.
Requisitos:
1. Obtener una certificación laboral demostrando que no hay suficientes trabajadores calificados que puedan, estén dispuestos y disponibles para desempeñar el trabajo, y que el empleo de trabajadores extranjeros no afectará desfavorablemente los salarios y condiciones laborales de otros trabajadores similares en los EEUU.
2. Debe de demostrar que el empleo es temporal, generalmente, menor a un año.
Limitaciones Numéricas: Sólo 60,000 visas H-2B son otorgadas cada año fiscal
Dependientes: Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 de los trabajadores H-2B pueden entrar a los EEUU con una visa H-4. Los dependientes no pueden trabajar.

Profesionistas TLC (Visas TN)

Esta visa es para canadienses y mexicanos solamente. Para calificar para una visa TN, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
1. El solicitante debe ser un profesionista de una o más profesiones incluidas en la lista del TLC (Tratado de Libre Comercio);
2. El solicitante debe contar con una oferta de trabajo de un empleador americano;
3. La posición requiere un profesionista contemplado por el TLC; y
4. El solicitante debe ser una personada calificada para la posición.
Duración de la admisión: la visa TN puede ser otorgada hasta por 3 años y puede ser extendida hasta por otros tres años. A diferencia de la H-1B, no hay límite en el número de extensiones que pueden ser otorgadas.
Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden aplicar para una visa TD. Los dependientes no están autorizados para trabajar, pero los niños pueden asistir a la escuela primaria o secundaria.
Representantes de los Medios Extranjeros De Comunicación (Visas I)
Esta visa es otorgada a un empleado de un medio de comunicación extranjero para desempeñar una actividad esencialmente informativa. Ejemplo de estos empleados son los que se desenvuelven en la grabación de noticias o documentales, miembros involucrados en la producción o distribución de material informativo, periodistas, etc.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

Personas con habilidad extraordinaria (Visas O-1)

Esta visa es para una persona que tiene una habilidad extraordinaria en las ciencias, las artes, educación, negocios, atletismo, o un logro extraordinario en películas o producción televisiva. O-1′s pueden archivar la petición por sí solos, sin la necesidad del patrocinio de un empleador.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa O-3 por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

Personas de soporte esencial (Visas O-2)

Esta visa es para una persona que está acompañando a un O-1 para ayudarlo en una actividad artística o atlética para un evento o actuación especial.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa O-3 por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

Representantes de los Medios Extranjeros De Comunicación (Visas I)

Esta visa es otorgada a un empleado de un medio de comunicación extranjero para desempeñar una actividad esencialmente informativa. Ejemplo de estos empleados son los que se desenvuelven en la grabación de noticias o documentales, miembros involucrados en la producción o distribución de material informativo, periodistas, etc.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

Atletas y Grupos de Entretenimiento (Visas P-1)

Esta es una visa para un atleta, un artista de circo o un grupo de entretenimiento que busca entrar temporalmente a los EEUU y con el solo propósito de desenvolverse en una competencia, evento o actuación.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa P-4 por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

Trabajadores Religiosos (Visas R-1)

La visa R-1 está disponible para trabajadores religiosos que desean venir a los EEUU para trabajar como ministros o en alguna capacidad profesional en una vocación religiosa. Ejemplos de estos trabajadores son ministros, diáconos, padres, monjas o monjes, locutores religiosos, etc. El extranjero debe ser miembro de una denominación religiosa que tenga una organización en los EEUU, por lo menos por los últimos 2 años precedentes a la aplicación.
La entrada es limitada a 5 años: la admisión inicial es por 3 años con extensiones de hasta 2 años.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al principal con una visa R-2 por la duración de su estadía en los EEUU. Los dependientes no pueden trabajar en los EEUU, pero pueden estudiar.

Visa Para Visitantes de Intercambio Cultural Internacional (Visa Q-1)

La Visa Q-1 es para ciertos programas de intercambio cultural internacional diseñados para proveer entrenamiento práctico y empleo, y para compartir historia, cultura y tradiciones.

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